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DEFENSA CIVIL

 

EL SINAGERD

El SINAGERD es el Sistema Interinstitucional, sinérgico, descentralizado, trasversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos, preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión de Riesgo de Desastres.

ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY.

La Ley es de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las entidades y empresas públicas de todos los niveles de Gobierno, así como para el sector privado y la ciudadanía en general. En ese marco toda referencia genérica a entidades públicas en la presente Ley. Su reglamento y las disposiciones que a su amparo se emitan, se entiende referida a las entidades públicas a que se refiere el artículo I del título preliminar de la Ley N° 27444. Ley del Procedimiento Administrativo General, y empresas públicas de todos los niveles de Gobierno.

ÁDEFINICIÓN DE GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES.

La Gestión del Riesgo de Desastres es un proceso social cuyo fin último es la previsión, reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastres en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible.

La Gestión del Riesgo de Desastres esta vasado en la investigación científica y de registro de informaciones, y orienta las políticas, estrategias y acciones en todos los niveles del Gobierno y de la sociedad con la finalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado.

PRINCIPIOS DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES.

Los principios generales que rige la Gestión del Riesgo de Desastres son los siguientes:

  • Principio protector.
  • Principio de bien común.
  • Principio de subsidiariedad.
  • Principio de equidad.
  • Principio de eficiencia.
  • Principio de acción permanente.
  • Principio sistémico.
  • Principio de auditoria de resultados.
  • Principio de participación.
  • Principio de autoayuda.
  • Principio de gradualidad.

DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES.

La Política nacional de Gestión del Riesgo de Desastres es el conjunto de orientaciones dirigidas a impedir o reducir los Riesgos de desastres, evitar la generación de nuevos riesgos y efectuar una adecuada preparación, atención, rehabilitación y reconstrucción ante situaciones de desastres, así como a minimizar sus efectos adversos sobre la población, la economía y el ambiente.

Las entidades públicas en todos los niveles de Gobierno son responsables de implementar los lineamientos de la política Nacional de gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus procesos de planeamiento.

COMPONENTES DE LA POLÍTICA NACIONAL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES.

La política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres se establece sobre la base de los siguientes componentes:

  1. GESTIÓN PROSPECTIVA: Es el conjunto de acciones que se planifican y realizan con el fin de evitar y prevenir la conformación del riesgo futuro que podría originarse con el desarrollo de nuevas inversiones y proyectos en el territorio.
  2. GESTIÓN CORRECTIVA: Es el conjunto de acciones que se planifican y realizan con el objeto de corregir o mitigar el riesgo existente.
  3. GESTIÓN REACTIVA: es el conjunto de acciones y medidas destinadas a enfrentar los desastres ya sea por un peligro inminente o por la materialización del riesgo.

 

 

 

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